Legal

Términos y condiciones del servicio

Entre ADVANTAGE MEDIA ARGENTINA MARKETING DIRECTO S.R.L., en adelante la PRESTATARIA o ADMEDIA, y el CLIENTE, en conjunto denominados LAS PARTES, se conviene regir su vínculo conforme los siguientes TÉRMINOS Y CONDICIONES, en adelante TyC.

CAPÍTULO I — Sobre los Sujetos del Contrato

Los sujetos que intervienen en la relación jurídica entre las partes son:

II.i.- LA PRESTATARIA: ADVANTAGE MEDIA ARGENTINA MARKETING DIRECTO S.R.L., C.U.I.T. 30715028669, con domicilio legal en calle Liniers 967 de la ciudad y Partido de Tandil, Provincia de Buenos Aires, República Argentina; correo electrónico en consultas@admedia.com.ar

ADMEDIA, es una empresa líder en e-commerce, que ofrece una amplia gama de servicios integrales para empresas, colaborando con la difusión de sus publicaciones y obteniendo el redireccionamiento de los usuarios y consumidores de internet hacia el sitio web del CLIENTE.

II.ii.- EL CLIENTE: Persona física o jurídica que organizado como empresa, contrata los servicios de la PRESTATARIA, sea para su propio beneficio o como intermediario, con el fin último de aumentar las ventas de sus productos o servicios.

II.iii.- TERCEROS – COMITENTES: Persona física o jurídica que contrata al CLIENTE y resulta beneficiario directo de los servicios prestados por LA PRESTATARIA.

II.iv.- TERCEROS – PROVEEDORES: Persona física o jurídica que provee servicios a LA PRESTATARIA, que son redirigidos o posibilitan las prestaciones que se efectúen en favor del CLIENTE o los TERCEROS COMITENTES.

Las personas en relación de dependencia no quedan comprendidos como sujetos contractuales.

CAPÍTULO II — Efectos jurídicos entre las PARTES y los TERCEROS

III.i.- ENTRE LAS PARTES: Los presentes TyC solo rigen la relación jurídica existente entre las PARTES, siendo invocables y oponibles desde la celebración del contrato, sea en forma expresa o tácita.

III.ii.- CON LOS TERCEROS: Los TERCEROS no forman parte de estos TyC y no pueden exigir ningún tipo de derecho y/o obligación a ninguna de las PARTES por invocación del presente, excepto en lo que está expresamente previsto.

CAPÍTULO III — Sobre las negociaciones preliminares y el perfeccionamiento del contrato

III.i.- IMPLEMENTACIÓN: En forma previa a la celebración formal del contrato, en instancia preliminar, el CLIENTE proporcionará accesos a su plataforma de analítica y tag manager, entre otros datos a ADMEDIA, quien procederá a instalar sus píxeles, que serán la fuente de datos para alimentar sus algoritmos. Finalizado ese proceso, ADMEDIA remitirá por correo electrónico al CLIENTE un link con el cual poder solicitar el alta de cliente, con la que finalizará el proceso de implementación.

III.ii.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se perfecciona cuando el CLIENTE completa y acepta la solicitud de alta de cliente, a partir del cual surten efecto los presentes términos y condiciones.

III.iii.- EFECTOS: Una vez celebrado el contrato, los presentes TyC iniciarán y mantendrán sus efectos hasta que se dé por finalizado conforme alguna de las formas previstas en ley o en los presentes TyC. Sin perjuicio de ello, el deber de buena fe y confidencialidad también son exigibles por el período de implementación.

III.iv.- DESISTIMIENTO: Se darán por desistidas las ofertas cursadas entre las partes si EL CLIENTE no solicita el alta de cliente y hasta que así lo haga, sin derecho ni indemnización alguna exigible entre las partes, con la excepción del supuesto previsto en la cláusula III.iii.

CAPÍTULO IV — Sobre el OBJETO contractual

IV.i.- Servicio: La PRESTATARIA prestará servicios de colocación de anuncios digitales (banners, publicidad gráfica, entre otras) en espacios publicitarios disponibles en la web por parte de TERCEROS PROVEEDORES, con enlaces que redireccionan a los usuarios de internet hacia el sitio web del CLIENTE.

IV.ii.- Anuncios: Los anuncios deberán cumplir con los estándares del IAB y con las pautas técnicas del Cliente.

IV.iii.- Clicks: Dependiendo del tipo de contratación en específico, la PRESTATARIA será retribuida por parte del CLIENTE por cada usuario de internet que se redireccione a través de los enlaces colocados en los banners, lo cual serán denominados “clicks”.

IV.vi.- Comisiones: Dependiendo del tipo de contratación en específico, la PRESTATARIA podrá ser retribuida por parte del CLIENTE, por una comisión sobre las ventas y/o servicios concretados con los usuarios de internet redireccionados por los enlaces de la PRESTATARIA.

IV.v.- Leads: En este caso, la PRESTATARIA será retribuida por parte del CLIENTE por cada usuario de internet que se redireccione a través de los enlaces colocados en los banners hacia los formularios a ser cargados por los usuarios de internet, y éstos los completen.

IV.vi.- Contrataciones diferidas: En el supuesto de las cláusulas IV.iv y IV.v, las PARTES contarán un registro de logs de los usuarios redireccionados por los enlaces colocados por la PRESTATARIA, que será el provisto por la herramienta de Google Analytics, pudiendo las partes acordar por otra, dejando debida constancia. La herramienta mencionada permite vincular las ventas y/o servicios contratados por los usuarios de internet que hayan accedido mediante los enlaces colocados por la PRESTATARIA como último click, aunque la contratación se perfeccione en un momento futuro.

CAPÍTULO V — Sobre las ÓRDENES DE INSERCIÓN y las CAMPAÑAS

V.i.- Orden de Inserción: Las Ordenes de Inserción (OI) son aquellos instrumentos particulares electrónicos que contienen el plazo de campaña, la modalidad de contratación, sea por clicks, comisión o leads, el costo por click, los límites presupuestarios, y todo otro elemento contractual que haya sido en lo específico estipulado entre las PARTES por fuera de los presentes TyC.

V.ii.- Interpretación contractual: Los presentes TyC deberán interpretarse en forma conjunta y armónica con lo estipulado en las OI. Cuando ello no fuera posible, primará lo estipulado en las OI.

V.iii.- Declaración Jurada: El alta del cliente contiene la declaración jurada de haber leído y aceptado expresamente todos y cada uno de los presentes TyC.

V.iv.- Campaña: La campaña contempla el plazo al cual está sujeto la prestación del servicio por parte de la PRESTATARIA.

V.v.- Límite Presupuestario: El límite presupuestario es el límite máximo expresado en dinero que el CLIENTE se dispone a retribuir a la PRESTATARIA por campaña. Alcanzado el límite presupuestario, la campaña queda pausada.

El CLIENTE podrá elevar en cualquier momento, durante la vigencia de la campaña, el límite presupuestario, pero no reducirlo, para lo cual bastará la notificación del aumento por medio del correo electrónico constituido como domicilio especial.

V.vi.- Múltiples Campañas: El CLIENTE puede pactar múltiples campañas en una misma OI o en varias, dependiendo de la variedad de productos y/o servicios que ofrezca al mercado.

V.vii.- Campañas superpuestas: Asimismo, el CLIENTE puede pactar una campaña superpuesta a una en curso, con la finalidad de cubrir un período especial de promociones limitado en el tiempo o por la causa que el CLIENTE estime conveniente u otros motivos, estén expresados en la OI o no.

En este último caso, la campaña originalmente contratada se suspenderá durante la vigencia de la campaña superpuesta.

V.viii.- Nueva OI: Una nueva OI sustituye a la anterior y la da por finalizada, sea que se haya cumplido el plazo o no. Queda exceptuada de esta cláusula la comunicación efectuada por el CLIENTE a la PRESTATARIA que tenga por única finalidad aumentar el límite presupuestario.

V.ix.- Reconducción: Los presentes TyC y las OI serán tácitamente reconducidas en todos sus términos y condiciones al finalizar la campaña. La decisión de cualquiera de las partes de no proseguir con el contrato en sí o con los términos y condiciones de la OI, deberá comunicarse con una antelación de treinta (30) días corridos a su finalización con la debida aclaración. En el primer supuesto, se tendrá el contrato por rescindido.

CAPÍTULO VI — Sobre los PAGOS

VI.i.- Facturación: Dentro del 1 al 10 de cada mes, la PRESTATARIA remitirá factura por los servicios prestados al CLIENTE en el mes inmediato anterior o los anteriores en caso de estar pendientes de facturas.

VI.ii.- Determinación del Importe: Cuando la OI consigne el costo del servicio en dólares estadounidenses, la facturación se realizará en pesos o moneda de curso legal argentina sustituta, por el equivalente de la cotización publicada por el Banco de la Nación Argentina tipo vendedor, al cierre del día de la fecha de emisión de la factura.

VI.iii.- Consentimiento: Las facturas serán remitidas y comunicadas en la dirección de correo electrónico que constituya al efecto el CLIENTE, sea éste incluido directamente en la OI o comunicado a través de correo electrónico, y quedarán automáticamente consentidas a partir del día 20 de cada mes.

VI.iv.- Oposición a la factura: Dentro del plazo acordado en la cláusula VI.ii, el CLIENTE podrá formular las observaciones que crea correspondientes. En ese caso, la PRESTATARIA podrá aceptar las observaciones y remitir nueva factura, renovando el plazo para su consentimiento por 10 días corridos de comunicada y enviada, sin incluir intereses de ningún tipo.

Por el contrario, la PRESTATARIA podrá ratificar la factura o guardar silencio. En cualquiera de estos supuestos, la mora será automática desde la fecha del pago consignado.

VI.v.- Condiciones de Pago: Los pagos serán efectuados el día 21 de cada mes, en la cuenta bancaria de la PRESTATARIA consignada en la OI, por transferencia, en la moneda pactada en la OI. En caso que la factura indique un plazo de pago superior a la fecha indicada, valdrá la de la factura.

VI.vi.- Vencimientos: Todos los plazos aquí consignados que venzan en día inhábil, serán automáticamente prorrogados al día hábil inmediato posterior.

VI.vii.- Ejecución de Facturas: Las facturas remitidas al CLIENTE que se encuentren consentidas conforme el procedimiento previsto en estos TyC, serán ejecutadas conformes las reglas del juicio ejecutivo.

VI.viii.- Mora: La mora se produce en forma automática y devengará un interés moratorio a la tasa activa para descuento de documentos a 30 días establecida por el Banco de la Nación Argentina, capitalizables por períodos semestrales, más IVA.

VI.ix.- Costas Judiciales: En caso de oposición en el juicio ejecutivo por parte del CLIENTE que prospere, y aún cuando existan motivos de observación de la factura válidamente fundados, el CLIENTE responderá por los daños y perjuicios derivados de las costas judiciales afrontadas por la PRESTATARIA, si el CLIENTE no opuso dichas observaciones en la forma prevista en los presentes TyC, consintiendo la factura.

CAPÍTULO VII — Sobre el REGISTRO de operaciones

Las PARTES acordarán la plataforma analítica que se utilizará para relevar y cuantificar los datos estadísticos necesarios para cuantificar los clicks, ventas y/o contrataciones de servicios vinculados a las cláusulas IV.ii, IV.iii y IV.iv. La designación será ofrecida y aceptada vía correo electrónico.

Si no hay acuerdo o se guarda silencio, corresponderá la utilización de la provista por Google Inc. denominada “GOOGLE ANALYTICS”.

CAPÍTULO VIII — Sobre los TERCEROS COMITENTES

El CLIENTE toma conocimiento y acepta expresamente que es política de la empresa que el beneficiario directo de los servicios brindados por la PRESTATARIA, pueda contactarse directamente con ésta, y acceder a la siguiente información:

– Resultados de las campañas, a través de la plataforma analítica.

– Costo del servicio por unidad y costo total de la campaña.

– Orden de Inserción.

– Asesoramiento técnico sobre las cualidades y prestaciones del servicio brindado.

Que la presente cláusula es una estipulación en favor de terceros, un derecho reservado en favor de la PRESTATARIA exento del deber de confidencialidad, y una obligación del CLIENTE, en cuanto deber de informar al beneficiario directo de los derechos acordados en su favor por medio de esta cláusula.

CAPÍTULO IX — Sobre las OBLIGACIONES ACCESORIAS DE LAS PARTES

IX.i.- De la PRESTATARIA:

Informar cualquier hecho relevante que afecte los servicios.

Contar con licencias y permisos necesarios para la ejecución.

Retirar cualquier anuncio solicitado por el Cliente dentro de un plazo de hasta 72 horas.

Eximir al Cliente de reclamos de terceros por derechos de propiedad intelectual.

IX.ii.- Del CLIENTE:

Proveer el material e información necesarios para las campañas.

Pagar en tiempo y forma.

Garantizar que los contenidos entregados no infringen derechos de terceros.

CAPÍTULO X — CONFIDENCIALIDAD

X.i.- Las Partes se obligan a mantener confidencialidad absoluta sobre los datos, las especificaciones técnicas, el comercio y otra información a la que puedan tener acceso o conocimiento en virtud de estos TyC, las OI y lo que resulte de las comunicaciones mantenidas entre las partes, y no lo revelarlo a terceros de ninguna manera y/o bajo ningún pretexto, excepto para sus propios fines. Representantes, socios, directores, funcionarios, empleados, proveedores de servicios, asociados, compañías que controlan y/o controlan la Parte receptora, o un miembro de su grupo económico, respetarán el compromiso de confidencialidad de este instrumento. Está expresamente prohibido usar dicha información para cualquier otro propósito que no sea el cumplimiento de estos TyC.

X.ii.- Las Partes se obligan por sus dependientes y terceros que accedan al contenido del presente, respecto la obligación de confidencialidad pactada en la cláusula X.i, obligándose adicionalmente a tener asumida la obligación de confidencialidad en forma escrita y suscrita por cada uno de los nombrados, en forma previa a que acceda al contenido del presente.

CAPÍTULO XI — PROPIEDAD INTELECTUAL

XI.i.- La PRESTATARIA, directa o indirectamente, no hará uso ni autorizará el uso de la marca, logotipo, eslogan, u otra propiedad intelectual de EL CLIENTE. Excepto estipulación en contrario, sí se encuentra autorizada a exhibir la condición de cliente, con sus respectivos logotipos, con el mero propósito de dar a conocer las marcas y empresas que confían en la PRESTATARIA en calidad de tales.

CAPÍTULO XII — RESCISIÓN y RESOLUCIÓN

XII.i.- Las partes se reservan el derecho de rescindir el contrato en curso antes del vencimiento del plazo, sin cargo, multa o indemnización mediante un simple aviso por la dirección de correo electrónico constituido al efecto, al menos treinta (30) días de anticipación, por cualquier parte, excepto por el cumplimiento de las obligaciones pendientes hasta la terminación efectiva.

XII.ii.- Cualesquiera de las partes podrá resolver el presente por incumplimiento, siempre que la parte interesada lo notifique al infractor, dándole un plazo de 10 (diez) días para remediar el incumplimiento. Cuando medie incumplimiento grave, inexcusable o confeso, no será necesaria la interpelación previa pactada.

XII.iii.- Además de las previstas en la cláusula XII.ii, son causales de resolución:

a) Quiebra o extinción de la personería de alguna de las partes;

b) Comisión de ilícito.

c) Riesgo de daño temido e inminente.

CAPÍTULO XIII — COMPLIANCE

Las Partes declaran y garantizan expresamente que:

XIII.i.- Están legalmente constituidas, debidamente inscriptas para llevar a cabo sus negocios;

XIII.ii.- Cuentan con todas las autorizaciones, licencias, aprobaciones, certificados, permisos y autorizaciones nacionales, provinciales y municipales, requeridos normativamente para proporcionar, hacer viable y / o permitir la publicidad / distribución de publicidad objeto de este contrato;

XIII.iii.- Cumplen con todas sus obligaciones fiscales, societarias y laborales;

XIII.iv.- Las Partes declaran que al colocar anuncios publicitarios bajo estos TyC, no violan ningún derecho de Propiedad Intelectual de las Partes o terceros, asegurando que las Partes puedan colocarlos libremente y sin obligaciones adicionales, que no sean previstas en estos TyC.

XIII.v.- Los representantes legales que intervienen en la presente están debidamente legitimados en la forma prevista en los estatutos respectivos, facultados para asumir las obligaciones contraídas por el presente.

XIII.vi.- Las condiciones de las declaraciones contenidas en estos TyC han sido acordadas y expresadas en consideración del principio de buena fe.

CAPÍTULO XIV — RESPONSABILIDAD E INDEMNIDAD

XIV.i.- La PRESTATARIA asume la obligación de publicar anuncios, constituyendo el resultado económico del CLIENTE completamente ajeno a este contrato.

XIV.i.- El CLIENTE es único y exclusivo responsable del producto y/o servicio que ponga a disposición del consumidor a través de internet, aceptando expresamente que la PRESTATARIA no tiene la obligación de controlar el contenido ni fiabilidad de los mismos. En este orden de ideas, se comprometen a indemnizar a la PRESTATARIA, sus representantes, empleados y otras compañías que pertenecen al mismo grupo económico, partes controladas, controladoras o relacionadas, en relación con cualquier daño directo o indirecto, costos, pérdidas y / o gastos (incluidos, entre otros, costos judiciales, sentencias, condenas y honorarios de abogados) que surjan de o en relación con cualquier reclamo o acción legal.

CAPÍTULO XV — MODIFICACIONES

La PRESTATARIA se reserva el derecho de modificar los presentes TyC. El CLIENTE podrá oponer los TyC con los cuales contrató inicialmente, pero en caso de reconducción, la misma se hará con los TyC vigentes al momento de la renovación automática, siendo obligación del CLIENTE consultar los mismos.

CAPÍTULO XVI — CONTINUIDAD E INDIVISIBILIDAD

XVI.i.- Continuidad: El incumplimiento o retraso de cualquiera de las Partes en el ejercicio de cualquier derecho derivado de estos TyC no implicará renuncia o novación y se interpretará como una mera liberalidad, y el derecho puede ejercerse en cualquier momento, a menos que las Partes expresamente establezcan el contrario.

XVI.ii.- Indivisibilidad: Si alguna disposición contenida en estos TyC se considera inválida, ilegal o inaplicable de alguna manera, la validez, legalidad o aplicabilidad de las otras disposiciones contenidas en estos TyC no se verán afectadas o perjudicadas de ninguna manera por tal hecho. Las partes negociarán de buena fe el reemplazo de disposiciones inválidas, ilegales o inaplicables por disposiciones válidas, cuyo efecto económico sea lo más cercano posible al efecto económico de disposiciones inválidas, ilegales o inaplicables.

CAPÍTULO XVII — NOTIFICACIONES Y DOMICILIOS

Cualquier comunicación entre las Partes relacionada con este Contrato será efectiva solo si se realiza por escrito y (a) se entrega en mano, con el protocolo de recepción o (b) se envía por correo con el Acuse de recibo (AR), o (c) se utiliza el correo electrónico.

A éstos fines, ADMEDIA declara como su domicilio físico calle Liniers 967 de la ciudad y Partido de Tandil, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, C.P. 7000, y el domicilio electrónico en consultas@admedia.com.ar. Y los domicilios del CLIENTE, serán lo que consigne en la solicitud de alta de cliente. En caso de consignar más de un correo electrónico, deberá aclarar cuál es el constituido. En su defecto, será alternativo para ADMEDIA optar por uno de ellos.

En caso de un cambio de domicilio de alguna de las Partes, deberá ser notificada a la otra para surtir efectos.

CAPÍTULO XVIII — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Las partes se regirán por las leyes de la República Argentina. Cualquier disputa que se genere en relación con los presentes TyC o con las cuestiones que entre las Partes se hubiesen generado como consecuencia de su cumplimiento, serán sometidas a la jurisdicción y la competencia de los Tribunales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires.